Ayudas 2017 de Movilidad de Personal Docente y Personal Investigador.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S46464/16

Norma:

ACUERDO de 31 de octubre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de noviembre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 800

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Potenciar la movilidad de nuestros investigadores, incentivando estancias en otros centros de reconocido prestigio, preferentemente dentro del Espacio Europeo de Investigación, para fomentar el intercambio de ideas y conocimientos y establecer contactos que deriven en el desarrollo de proyectos de investigación conjuntos que puedan ser financiables por la Unión Europea.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Universidad de Alcalá (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las estancias susceptibles de ayuda tendrán una duración máxima de dos meses, debiendo haberse iniciado después del día 1 de enero de 2016 y antes del día 31 de diciembre de 2016.

En el supuesto de que el solicitante tenga una vinculación temporal con la UAH, la ayuda deberá disfrutarse siempre dentro del período de vigencia del contrato.

2. Una vez concedidas las ayudas y en casos debidamente justificados en los que concurran circunstancias de fuerza mayor apreciadas por el órgano instructor, este podrá autorizar cambios producidos por circunstancias sobrevenidas en la solicitud inicial, sin que ello suponga incremento del gasto aprobado ni se modifiquen sustancialmente los elementos considerados en la evaluación. Igualmente, las estancias a realizar en centros extranjeros deberán asegurar un grado de internacionalización para el beneficiario al que no haya accedido por formación académica anterior o por nacionalidad.

3. Estas ayudas no están destinadas a financiar la asistencia a Congresos.

4. Las ayudas comprenderán dos conceptos: La ayuda para la estancia, destinada a los gastos de alojamiento y manutención, y la ayuda para el viaje, destinada a gastos de locomoción.

5. El importe de la ayuda para la estancia será de hasta 20 euros/día para estancias en centros españoles y de hasta 40 euros/día para estancias en centros extranjeros.

6. El importe de la ayuda de viaje, será de hasta de 90 euros para centros peninsulares y de 125 euros centros insulares, de hasta 300 euros para países del Espacio Europeo y de hasta 800 euros al resto del mundo. El viaje debe realizarse, preferentemente, en medios públicos de transporte y en clase turista.
Este importe se abonará previa justificación del importe del billete.

7. De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1.d) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, no tendrán la consideración de rendimientos del trabajo por lo que estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las dotaciones económicas objeto de este capítulo que tienen por objeto compensar los gastos de locomoción, manutención y estancia derivados de la realización de estancias temporales en universidades y centros de investigación, distintos a los de su adscripción para completar la formación investigador del personal investigador.

8. El importe total de esta convocatoria junto con las convocatorias de Ayudas 2017 de Movilidad de Personal Investigador en Formación y Ayudas 2017 para estancias de científicos y tecnólogos extranjeros en la Universidad de Alcalá es de 165.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

1. Podrán solicitar estas ayudas los Profesores o Investigadores de la Universidad de Alcalá que no desarrollen otra actividad fuera de la misma.

2. El personal docente e investigador deberá estar en activo durante el desarrollo de la estancia.

3. El personal investigador contratado para la realización de un proyecto de investigación, deberá tener un contrato con una duración mínima de un año desde la fecha de incorporación como contratado/a a la Universidad de Alcalá.

4. En cualquier caso, los solicitantes deberán tener actualizado su currículum vítae en el Portal del Investigador desde el año 2013 al 2016, ambos inclusive.

Documentos asociados

Boletín: 30/11/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 30/11/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento