Ayudas 2011/2012 para las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG) y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apicolas(ADSA) en la Comunidad Autonoma de Extremadura.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S32873/11Norma:
ORDEN de 1 de junio de 2011. DECRETO 185/2009, de 31 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/07/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer ayudas para las ADS, tanto Ganaderas como Apícolas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la ejecución de un programa sanitario común y efectuar la convocatoria 2011/2012 de las mismas, con arreglo a lo establecido en el Decreto 185/2009, de 31 de julio, por el que se establecenlas bases reguladoras de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda no podrá superar la cuantía máxima de 27.000 euros por ADS y convocatoria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las ADS que estén reconocidas mediante resolución de la Dirección General de Explotaciones Agrarias y Calidad Alimentaria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas irán destinadas a financiar la ejecución del programa sanitario común presentado por la ADS, siendo únicamente subvencionables aquellos programas y actuaciones sanitarias que se establecen en el artículo 10 del Reglamento CE 1857/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, y en el artículo 4 del Real Decreto 784/2009, de 30 de abril.Requisitos:
- Podrán solicitar las subvenciones las ADS, siendo los beneficiarios finales de las ayudas las pequeñas y medianas explotaciones integradas en la ADS y que cumplan los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 3 del Real Decreto 784/2009, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas.- Quedarán excluidas de la condición de beneficiarias las ADS en las que concurra alguna de las circunstancias contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
06/08/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 151
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
08/06/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 109
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 109
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