Ayudas 2011/2012 para las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG) y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apicolas(ADSA) en la Comunidad Autonoma de Extremadura.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S32873/11

Norma:

ORDEN de 1 de junio de 2011. DECRETO 185/2009, de 31 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer ayudas para las ADS, tanto Ganaderas como Apícolas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la ejecución de un programa sanitario común y efectuar la convocatoria 2011/2012 de las mismas, con arreglo a lo establecido en el Decreto 185/2009, de 31 de julio, por el que se establecen
las bases reguladoras de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda no podrá superar la cuantía máxima de 27.000 euros por ADS y convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las ADS que estén reconocidas mediante resolución de la Dirección General de Explotaciones Agrarias y Calidad Alimentaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas irán destinadas a financiar la ejecución del programa sanitario común presentado por la ADS, siendo únicamente subvencionables aquellos programas y actuaciones sanitarias que se establecen en el artículo 10 del Reglamento CE 1857/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, y en el artículo 4 del Real Decreto 784/2009, de 30 de abril.

Requisitos:

- Podrán solicitar las subvenciones las ADS, siendo los beneficiarios finales de las ayudas las pequeñas y medianas explotaciones integradas en la ADS y que cumplan los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 3 del Real Decreto 784/2009, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas.

- Quedarán excluidas de la condición de beneficiarias las ADS en las que concurra alguna de las circunstancias contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 06/08/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 151
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/06/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 109
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento