Ayuda para la creación de una red de mercados locales estables para la venta de productos ecológicos y la realización de actividades de promoción de los mismos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y del Plan Estratégico de Producción Ecológica de Castilla y León 2016-2020, cofinanciadas por el FEADER.

Código de ayuda:

S17964/19

Norma:

ORDEN AYG/759/2017, de 25 de agosto. Orden de 21 de marzo de 2019. Orden de 18 de diciembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de febrero de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas contempladas en esta orden tienen como finalidad mejorar la integración de los productores primarios en la cadena agroalimentaria a través de la promoción en circuitos de distribución cortos, como son los mercados locales, teniendo en cuenta el cumplimiento de las medidas y actuaciones previstas en el Plan Estratégico de Producción Ecológica de Castilla y León 2016-2020 para el fomento del sector.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Calidad
  • Comercio
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios de la ayuda podrán ser entidades y organismos que tengan la capacidad y las competencias para organizar, desarrollar y promocionar un mercado estable de productos ecológicos, conforme a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local y la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Costes materiales para la instalación de los puestos del mercado para la venta de los productos.

b) Costes de acondicionamiento de edificios que no impliquen inversión.

c) Costes que conlleven la adecuada promoción de los mercados.

d) Costes de las actividades que se desarrollen relacionadas con la información sobre la producción ecológica y los alimentos ecológicos.

Requisitos:

a) Tener la capacidad, los medios suficientes y las competencias para poder desarrollar un mercado estable y periódico de productos ecológicos.

b) Disponer de un emplazamiento que cumpla con las características necesarias y capacidad suficiente para el desarrollo adecuado de un mercado de productos ecológicos y de forma periódica durante todo el año.

c) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones, para ser beneficiario, previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En particular deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la hacienda de la Comunidad de Castilla y León y frente a la Seguridad Social.

d) Según lo establecido en el punto 1 del artículo 11 del Reglamento Delegado (UE) n.º 807/2014 que completa el Reglamento (UE) n.º 1305/2013, en esta ayuda para la creación y desarrollo de cadenas de distribución corta, no intervendrá más de un intermediario entre productor y consumidor, teniendo en cuenta que la entidad u organismo que organiza el mercado no es un intermediario.

Documentos asociados

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