Ayuda para investigadores e investigadoras visitantes en la Universidad de Glasgow.
Código de ayuda:
S23746/08Norma:
ORDEN de 2 de abril de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/05/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente Orden es la fijación de las bases y la regulación del procedimiento para la concesión de ayudas destinadas a financiar estancias como investigador o investigadora visitante en el Centre for Cultural Policy Research de la Universidad de Glasgow durante el curso académico 2008-2009.Las disciplinas en las que el investigador o investigadora visitante podrá realizar su labor incluyen la
cultura, la comunicación y los medios de comunicación.
Categorías Subvención
Educación y Ciencia
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La dotación de la ayuda para una estancia completa en el año académico 2008-2009 es de 36.880 euros, sin perjuicio de su reducción proporcional en caso de que el beneficiario o beneficiaria optara por una estancia parcialde cinco meses. De ellos, el beneficiario o la beneficiariapercibirá directamente 30.700 euros, cantidad que se desglosa del modo que se indica a continuación:– 26.500 euros a razón de 2.650 euros al mes destinados al abono de las mensualidades correspondientes
a la manutención del investigador o de la investigadora visitante.
– 4.200 euros destinados a la organización y desarrollo de un seminario por el investigador o la investigadora visitante (concepto abonable tanto para estancias completas o parciales).
Igualmente, se asignará una dotación de 6.180 euros con destino al apoyo material y técnico proporcionado
por el Centre for Cultural Policy Research (apoyo administrativo, uso de un espacio de trabajo), que el Gobierno Vasco satisfará a la Universidad de Glasgow conforme a lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito.
Asimismo, el beneficiario o la beneficiaria contará con un seguro de accidentes corporales y de responsabilidad civil.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán acceder a la presente ayuda las personas que reúnan los requisitos siguientes:a) Residencia en la Comunidad Autónoma de Euskadi con al menos un año de antigüedad a 1 de enero
del año en curso.
b) No hallarse sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de
subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursas en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.
c) Estar en posesión del grado de Doctor o Doctora.
d) En cualquier caso los y las solicitantes deberán poseer un nivel de conocimiento del idioma inglés que les
capacite para desarrollar su trabajo y convivir con la comunidad universitaria desde el primer día.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La duración de la ayuda alcanza dos periodos de cinco meses (septiembre-enero / febrero-junio), si bien los candidatos y candidatas podrán optar por un solo periodo de cinco meses, supuesto este último que determinará en su caso el disfrute por otro/s candidatos y candidatas.Documentos asociados
Boletín:
04/04/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 64
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 64
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento