Ayuda para entidades de gestión de las figuras de calidad agroalimentarias de Navarra.
Código de ayuda:
S03764/26Norma:
RESOLUCIÓN 596E/2025, de 31 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 3 de marzo de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 100.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayuda financiera otorgable para las actividades de control y certificación de las figuras de calidad agroalimentaria de Navarra reconocidas como DOP o IGP.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Dirección General de Desarrollo Rural (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de ayuda por beneficiaria no será superior a 100.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
Detalle beneficiarios:
a) Entidades de gestión de las Denominaciones de Origen Protegidas y las Indicaciones Geográficas Protegidas de Navarra reconocidas que lleven a cabo por sí mismas actividades de control y certificación, en relación con el cumplimiento de los pliegos de condiciones, como Organismos de Control autorizados, o que contraten dichas actividades a Organismos de Control autorizados externos.b) Asociaciones radicadas en Navarra, legalmente constituidas, cuyo objeto sea el fomento, promoción, defensa y divulgación de la elaboración y comercialización de figuras de calidad, que hayan actuado como agrupación de productores en el proceso de reconocimiento de una DOP o IGP, para la contratación de servicios de control y certificación, en relación con el cumplimiento del pliego de condiciones, a Organismos de Control autorizados externos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables hasta el 100% de los gastos que realicen las entidades beneficiarias, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, correspondientes a la contratación de servicios profesionales externos para la verificación del cumplimiento de los pliegos de condiciones, conforme a los reglamentos europeos que las regulan, las actividades de Secretaría Técnica del Consejo Regulador, y para el mantenimiento de los registros, así como los gastos de personal propio vinculados directamente con las actividades de control y certificación, con el límite del 15% del gasto elegible total de las actividades de control y certificación realizadas. En el caso de estas últimas actividades deberá presentarse una justificación de la dedicación, en tiempo o funcional, de las personas en el Plan de Acción a estas actividades.Requisitos:
a) estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.b) contar con un presupuesto anual inferior a 2,5 millones de euros.
c) No concurrir en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
d) No haber sido sancionadas o condenadas por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, mediante resolución administrativa firme o sentencia judicial firme.
e) Las entidades que estén en la situación prevista en la letra anterior, podrán volver a ser beneficiarias de las referidas ayudas siempre que hayan cumplido con la sanción o la condena impuesta y hayan elaborado, en caso de ser exigible, un plan de igualdad en las condiciones previstas en la legislación vigente.
Documentos asociados
Boletín:
10/02/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 29
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 29
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
