Ayuda excepcional destinada a explotaciones ganaderas extensivas.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S41291/17

Norma:

Orden 13/2017, de 2 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de agosto de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 15.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Asegurar el mantenimiento de la actividad ganadera extensiva con la finalidad de apoyar a esas explotaciones y paliar de esta manera las dificultades que dichas explotaciones vienen experimentando debido a la prolongada sequía que sufren los pastos en La Rioja.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.- La ayuda consistirá en una subvención directa por animal reproductor que esté en el censo de la explotación a fecha 1 de enero de 2017. En caso de que la explotación esté acogida a la excepción del artículo 2.1.a, el censo de referencia será el existente un mes antes a la fecha de entrada en vigor de la presente orden.

2.- La ayuda a conceder por especie será de:

a. 3 euros/ oveja o cabra reproductora.

b.15 euros/vaca nodriza.

3.- No se concederán pagos, cuyo importe total por explotación, antes de aplicar lo dispuesto en el párrafo sexto, del presente artículo, sea inferior a 600 €.

4.- El importe máximo de la ayuda se establece en 5.000 € por explotación.

5.- El importe total de la ayuda de mínimis concedida a cualquier beneficiario no puede exceder de 15.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales, según lo dispuesto en el apartado 21 del artículo 3 del Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimis en el sector agrícola.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones ganaderas extensivas inscritas en el registro general de explotaciones ganaderas de La Rioja (REGA), cuya clasificación zootécnica sea producción y reproducción de ganado ovino, caprino o vacuno y que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Estar activa a fecha 1 de enero de 2017 y en el momento de la solicitud de ayuda.

Quedan excluidos de cumplir dicho requisito los jóvenes agricultores que se hayan incorporado a la actividad agraria en el periodo previo al de presentación de la solicitud de ayuda, considerándose como fecha de incorporación a los efectos exclusivos de esta orden, la fecha de alta en Seguridad Social correspondiente a la actividad agraria ganadera.

b) Estar en situación de alta en Seguridad Social correspondiente a la actividad agraria que determine su actividad ganadera, en el momento de la solicitud de ayuda. En el caso de las Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, que carezcan de personalidad jurídica, podrán ser beneficiarias, si al menos el 50% de sus socios o comuneros cumplen este requisito.

Documentos asociados

Boletín: 04/08/2017
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 89
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento