Ayuda estatal contenida en la Orden de 17 de marzo de 1988, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a los ganaderos que compren reproductores de las razas autóctonas Pirenaica, Navarra y Lacha, en concursos-subasta de carácter nacional celebrados en Navarra.
Código de ayuda:
S51128/05Norma:
ORDEN FORAL 182/2005, de 3 de octubre.Plazo de Solicitud:
1 mes desde adquisición de los animales. Si la adquisición se realiza en último trimestre del año, en enero del año siguiente.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aplicar en Navarra la ayuda estatal de la Orden de 17 de marzo de 1988, por la que se actualizan y regulan los certámenes de ganado de raza pura, de carácter nacional e internacional y se fijan los estímulos a la participación en los mismos y posteriores modificaciones, a los ganaderos que compren reproductores de las razas autóctonas Pirenaica, Navarra y Lacha, en concursos-subasta de carácter nacional celebrados en la Comunidad Foral de Navarra.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los ganaderos que adquieran reproductores en concursos-subasta de carácter nacional celebrados en Navarra.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas consistirán en una subvención por cabeza de ganado reproductor que concurra y sea adjudicada en los concursos-subasta de carácter nacional celebrados en la Comunidad Foral de Navarra y cumplan los requisitos de la Orden de 17 de marzo de 1988, por la que se actualizan y regulan los certámenes de ganado de raza pura, de carácter nacional e internacional y se fijan los estímulos a la participación en los mismos y posteriores modificaciones.El número máximo de reproductores objeto de subvención, así como su importe, desglosados en función de cada una de las razas, es el siguiente:
- Raza: Pirenaica. Número máximo de reproductores a adquirir: Machos: 30. Hembras: 60. Importe máximo por animal: Machos: 760. Hembras: 400.
- Raza: Navarra. Número máximo de reproductores a adquirir: Machos: 60. Hembras: 270. Importe máximo por animal: Machos: 175. Hembras: 65.
- Raza: Latxa. Número máximo de reproductores a adquirir: Machos: 10. Hembras: 150. Importe máximo por animal: Machos: 175. Hembras: 65.
Requisitos:
1. Ser titular de una explotación registrada en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) con una subexplotación de la especie por la cual solicita la ayuda de adquisición.2. Cumplir los programas de saneamiento ganadero oficialmente establecidos, así como la legislación sanitaria vigente.
3. Disponer antes de la subasta o completar con las hembras adquiridas en la misma, de los efectivos mínimos por explotación que fijan los reglamentos específicos de cada libro genealógico.
Documentos asociados
Boletín:
21/10/2005
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 126
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 126
Documento: Convocatoria Descargar Documento