Ayuda economica establecida en el articulo 27 de la Ley organica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de proteccion integral contra la violencia de genero.

Código de ayuda:

S58037/09

Norma:

Resolucion de 6 de agosto de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión directa de la ayuda económica de pago único prevista en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, dirigidaa las mujeres víctimas de violencia de género que, residiendo en la Comunidad Autónoma de Galicia, acrediten insuficiencia de recursos y unas especiales dificultades para obtener un empleo.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de esta ayuda será, con carácter general, equivalente al de seis meses de subsidio por desempleo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Mujeres víctimas de violencia de género que, residiendo en la Comunidad Autónoma de Galicia, acrediten insuficiencia de recursos y unas especiales
dificultades para obtener un empleo.

Requisitos:

a) Ser mujer, mayor de edad o emancipada.

b) Tener medidas de protección vigentes establecidas en una orden de protección, informe del Ministerio Fiscal o sentencia judicial.

c) Tener especiales dificultades para obtener un empleo, que se acreditará a través del Informe del Servicio Público de Empleo.

d) Carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Documentos asociados

Boletín: 18/08/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 161
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento