Ayuda economica de pago unico por hijas e hijos menores de tres años.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S07291/11Norma:
Orden de 30 de diciembre de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/03/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases por las que se regirá la concesión de la prestación familiar por hija e hijo menor de tres años así como la convocatoria de estas ayudas para el presente año 2011.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La prestación consistirá en un pago único por cada hija o hijo menor de tres años, siendo la cuantía dela prestación de 360 euros por cada uno de las hijas o hijos, sin que el mismo descenciente pueda dar
lugar a más de una prestación en virtud de esta convocatoria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que tengan hijas e hijos menores de tres años a fecha 1 de enero de 2011 (nacidos entre el 2-1-2008 y el 1-1-2011, inclusives) y que, por razón de los ingresos obtenidos durante el año 2009, ni ellas ni ningún miembro de la unidad familiar estuvieran obligados a presentar la declaración por el impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondiente a este período, ni la hubieran presentado de manera voluntaria aún sin estar obligados a ello.En el caso de los descendientes adoptados o acogidos entre el 31 de diciembre de 2009 y el 31 de
diciembre de 2010, la prestación se concederá durante los tres años posteriores a la fecha de la resolución
judicial o administrativa que la declare.
En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el beneficiario de la prestación
será el padre o la madre que tenga la custodia de los menores, de acuerdo con lo establecido en el
convenio regulador o sentencia de separación o divorcio.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Un pago único por cada hija o hijo menor de tres años.Requisitos:
Las personas beneficiarias tienen que cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10º de laLey 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Será requisito necesa rio para la concesión de laprestación:
-Que los progenitores tengan su residencia habitual en Galicia. En caso de que de la documentación presentada se pueda deducir que esto no es así se les podrá requerir para que aporten documentación complementaria que lo demuestre.
-Que en la fecha de la solicitud los menores convivan con la persona solicitante.
Documentos asociados
Boletín:
15/02/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 31
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 31
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento