Ayuda destinada, en el ámbito de Castilla y León, a trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada.- Convocatoria 2019.

Código de ayuda:

S19073/17

Norma:

ORDEN EMP/309/2017, de 20 de abril. Orden de 22 de mayo de 2017. Orden de 5 de abril de 2018. Orden de 30 de abril de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de octubre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas reguladas tienen por objeto paliar la situación económica de los trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo, se suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada, en el ámbito de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Para bases de cotización de hasta 1.900 euros, una ayuda de 10 € por cada jornada completa de suspensión.

– Para bases de cotización superiores a 1.900 euros, una ayuda de 7 € por cada jornada completa de suspensión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios los trabajadores que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Estar afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o de reducción de la jornada, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cuya decisión sobre la suspensión o reducción de la jornada tras la finalización del período de consultas haya sido comunicados por el empresario a la Autoridad laboral competente, o derivada de fuerza mayor o en virtud de resolución judicial adoptada en el seno de un procedimiento concursal.

En el supuesto de fuerza mayor, la autoridad competente constatará previamente la existencia de la misma y la empresa dará traslado de la decisión adoptada.

Se requiere que el período de consultas o bien el procedimiento de mediación o arbitraje que sea de aplicación en el ámbito de la empresa, concluya con acuerdo entre las partes.

b) Que el o los expedientes de regulación de empleo afecten, dentro del período subvencionable, a un máximo de 300 trabajadores en cada centro de trabajo que la empresa tenga en el ámbito de Castilla y León. No obstante, este límite de un máximo de 300 trabajadores no se aplicará a los centros de trabajo que presten sus servicios en el sector de la minería.

c) Que las suspensiones de contratos de trabajo o reducciones de la jornada se hayan hecho efectivas a lo largo del período al que se hace extensiva la ayuda, y que será establecido en la convocatoria.

d) Que los ingresos brutos mensuales, excluida la parte proporcional de pagas extraordinarias, no superen los 2.500 euros, o la cantidad proporcional en los supuestos de trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo a tiempo parcial.

Este límite, en cuanto a los ingresos brutos mensuales, no será de aplicación para los trabajadores afectados por expediente de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo derivados de fuerza mayor.

e) Para poder acceder a la ayuda la suspensión de contratos ha de tener una duración de, al menos, 25 días dentro del período subvencionable.

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