Ayuda destinada a trabajadores/as afectados por procesos de reestructuracion de empresas en crisis en Castilla y Leon.
Código de ayuda:
S64955/08Norma:
ORDEN EYE/1737/2008, de 2 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/11/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas a trabajadores/as afectados por expedientes de regulación de empleo, de suspensión o extinción de contratos de trabajo, autorizados por la Autoridad Laboral competente al amparo de lo dispuesto en los artículos 47 y 51 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y que procedan de empresas pertenecientes a sectores en crisis, así reconocidas por el Consejo Regional de Trabajo, conforme a lo previsto en el apartado primero.2. La finalidad de la ayuda es compensar económicamente a los trabajadores/as referenciados, complementando la prestación por desempleo o en su caso, el subsidio por desempleo, hasta el máximo del 90% de sus salarios netos, sin perjuicio de las aportaciones dinerarias o en especie realizadas por la propia empresa.
Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los trabajadores/as afectados por Expediente de Regulación de Empleo de suspensión o extinción de sus contratos de trabajo, percibirán una ayuda, destinada a complementar la prestación o el subsidio por desempleo, por el importe correspondiente hasta alcanzar el máximo del 90% de sus salarios netos en activo, calculados como el promedio efectivo de los cuatro meses, o período inferior, en su caso, inmediatamente anteriores a la suspensión o extinción de los contratos de trabajo.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
1. Podrán ser beneficiarios todos aquellos trabajadores/as que cumplan los siguientes requisitos:a) Proceder de empresas pertenecientes a sectores en crisis ubicadas en Castilla y León.
b) Estar afectados por expediente de regulación de empleo, ya sea de suspensión o de extinción de sus contratos de trabajo, autorizado por la autoridad laboral competente al amparo de lo dispuesto en
los artículos 47 y 51 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
c) Podrán solicitar dichas ayudas los trabajadores afectados, cuyas suspensiones o extinciones de contratos de trabajo se hayan hecho efectivas a lo largo del período subvencionable, que se determina
en el Apartado Séptimo, párrafo segundo de la presente Orden.
Documentos asociados
Boletín:
14/10/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 198
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 198
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento