Ayuda destinada a sufragar los gastos y la asistencia a familias con personas mayores asistidas.
Código de ayuda:
S03682/05Norma:
Resolución de 26 de enero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/06/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer y regular la concesión de ayudas económicas para familias con personas mayores asistidas a su cargo, paraasegurar el mantenimiento de estas personas en el entorno familiar y mejorar la calidad de vida.
Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Presidencia y Deportes (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La determinación de las cuantías se hará de acuerdo con la tabla siguiente:Ingresos familiares per cápita (año 2004) Importe mensual de la ayuda
Hasta 370 euros: 420 euros
Entre 371 y 380 euros: 410 euros
Entre 381 y 390 euros: 400 euros
Entre 391 y 400 euros: 390 euros
Entre 401 y 410 euros: 380 euros
Entre 411 y 420 euros: 370 euros
Entre 421 y 430 euros: 360 euros
Entre 431 y 440 euros: 350 euros
Entre 441 y 450 euros: 340 euros
Entre 451 y 460 euros: 330 euros
Entre 461 y 470 euros: 320 euros
Entre 471 y 480 euros: 310 euros
Entre 481 y 500 euros: 300 euros
A los efectos de esta ayuda, se consideran rentas o ingresos los bienes, retribuciones o derechos de que disponga anualmente el beneficiario y la unidad familiar, procedentes tanto del trabajo como del capital, o cualesquiera que los sustituya.
En el caso de solicitantes de dos ayudas, tan sólo cuando en una misma unidad familiar convivan dos personas beneficiarias, cada una de estas ayudas no podrá superar los 300 euros mensuales y, para la concesión, se tendrán en cuenta las circunstancias en conjunto de la unidad familiar resultante.
Podrá denegarse la solicitud de ayuda por razón del patrimonio del conjunto de los miembros de la unidad familiar en los casos siguientes:
a) Cuando la suma de los valores catastrales de las fincas urbanas, excluida la vivienda habitual, sea superior a 40.000 euros.
b) Cuando la suma de los valores catastrales de las fincas rústicas sea superior a 12.020 euros por cada miembro de la unidad familiar.
c) Cuando la suma de los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales de la unidad sea superior a 1.500 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los familiares cuidadores de personas mayores asistidas con dependencia severa o total, que reúnan los requisitos siguientes:1. En lo que concierne a la persona cuidadora y la persona mayor asistida:
a) Tiene que existir un vínculo familiar por consanguinidad o por afinidad entre la persona cuidadora y la persona mayor asistida.
b) Tiene que haber convivencia continuada y estable de la persona solicitante con la persona mayor, y el compromiso de continuar haciéndolo.
c) Tienen que tener una renta per cápita inferior a 500 euros mensuales, incluyendo los ingresos de la persona mayor beneficiaria.
De esta cantidad, en su caso y una vez revisadas las condiciones de cada solicitud y con el informe social previo de la situación de necesidad, tienen que descontarse los gastos de alquiler o hipoteca de la vivienda habitual.
En el caso de que la valoración de la persona mayor sea de dependencia total, podrá sobrepasarse la cuantía de 500 euros en un 15%.
d) Tienen que estar empadronadas en cualquier municipio de las Islas Baleares.
2. En lo que concierne a la persona cuidadora, ésta tiene que disponer de las condiciones suficientes para ocuparse de la persona mayor asistida.
3. En lo que concierne a la persona mayor asistida:
a) Tiene que ser mayor de 65 años.
b) Tiene que presentar, mediante el modelo normalizado que se adjunta (Anexo II), el informe del estado de salud y del grado de dependencia (severo o total).
c) Tiene que tener, como mínimo, la residencia continuada y estable en las Islas Baleares por un periodo de dos años antes de la fecha de solicitud de la ayuda.
4. La vivienda familiar tiene que contar con las condiciones adecuadas de habitabilidad, de salubridad y de seguridad para la persona mayor.
5. Todos los requisitos para ser beneficiarios de estas ayudas tienen que cumplirse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El mantenimiento de personas mayores asistidas en el entorno familiar y mejorar sucalidad de vida.Documentos asociados
Boletín:
08/02/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 21
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 21
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento