Ayuda compensatoria a los titulares de las explotaciones de ganado ovino afectados por la lengua azul.

Código de ayuda:

S05619/08

Norma:

ORDEN AYG/92/2008, de 21 de enero. Orden APA/3521/2007, de 3 de diciembre. Orden APA/3046/2007, de 19 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Por la presente Orden se convoca, en la Comunidad de Castilla y León, la ayuda compensatoria a los titulares de las explotaciones de ganado ovino afectadas por la lengua azul, cuyas explotaciones estén ubicadas dentro de la zona restringida incluida en el Anexo II de la Orden APA/3046/2007, de 19 de octubre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul. Las bases reguladoras de la concesión de esta ayuda fueron establecidas en la Orden APA/3521/2007, de 3 de diciembre.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consistirá en un pago por una sola vez por explotación, por importe de hasta seis euros por cada ovino que dé derecho a concesión de los pagos acoplados a los productores de ganado ovino y caprino en el ejercicio de 2007.

En el caso de los productores que no dispongan de animales con derecho a dicha concesión, el importe será de hasta seis euros por cada hembra de ovino mayor de doce meses que haya permanecido en la
explotación al menos 100 días ininterrumpidos hasta el 8 de agosto de 2007, salvo casos de fuerza mayor por la aparición del serotipo 1 del virus de la lengua azul, de acuerdo con los datos obrantes en el Registro General de Explotaciones Ganaderas.

Dichos importes serán financiados en un 50% con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, y en el 50% restante con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y
León para el año 2008.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, los titulares de las explotaciones de ganado ovino de Castilla y León que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que sus explotaciones se encuentren ubicadas en la zona restringida incluida en el Anexo II de la Orden APA/3046/2007, de 19 de noviembre, que, por lo que se refiere a la Comunidad de Castilla y León, comprende las siguientes provincias y comarcas veterinarias:

• Provincia de Ávila: Comarcas veterinarias de Arenas de San Pedro, El Barco de Ávila, Candelada, Cebreros, Las Navas del Marqués, Navaluenga, El Barraco y Sotillo de la Adrada.
• Provincia de Salamanca: Comarcas veterinarias de Béjar, Ciudad Rodrigo y Sequeros.

b) Que cumplan los requisitos establecidos en las letras a) y b) del artículo 2 de la Orden APA/3521/2007, de 3 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de una ayuda compensatoria a los titulares de las explotaciones de ganado ovino afectadas por la lengua azul.

Documentos asociados

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