Ayuda compensatoria a los titulares de las explotaciones de ganado ovino afectadas por la lengua azul en la zona restringida de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S72882/07

Norma:

Orden de 14-01-2008. Orden de 04-12-2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Precisar la ayuda compensatoria a los titulares de las explotaciones de ganado ovino afectadas por la lengua azul en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- La ayuda financiada por la Admón. Gral. Estado consistirá por una sola vez por explotación por importe de hasta 3 eu. por cada ovino que dé derecho a concesión pagos acoplados a los productores de ganado ovino y caprino en el ejerc. 2007. Si los productores no disponen de animales con derecho a dicha concesión, el importe será de 3 eu por cada hembra de ovino mayor de 12 meses que haya permanecido en la explotación del solicitante al menos 100 días ininterrumpidos hasta el 8-08-2007, salvo casos de fuerza mayor por la aparación del serotipo 1 del virus de la lengua azul.
- La ayuda autonómica complementará cualquiera de las modalidades de la ayuda estatal y auxiliará a los ovinos existentes en la explotación mayores de 12 meses, de acuerdo con los datos obrantes en el Registro Gral. Explota. Ganaderas, tengan o no derecho a la ayuda financiada con cargo a la Admón. Gral. del Estado.
- El total de la ayuda, no podrá superar en ningún caso el límte de 6 eu. por animal.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones de ganado ovino ubicadas en Castilla-La Mancha en la zona restringida prevista en la Orden APA/3046/2007, de 19 de octubre, que cumplan los requisitos previstos en el artículo 2 de la Orden APA 3521/2007, de 3 de diciembre.

Documentos asociados

Boletín: 11/12/2007
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 258
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/02/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 27
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento