Ayuda al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras a tiempo parcial.

Código de ayuda:

S04655/26

Norma:

RESOLUCIÓN 592E/2025, de 30 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de marzo de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras a tiempo parcial, conforme a lo previsto en el artículo 75 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC),
financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y a la intervención 6961.1 "Establecimiento de personas jóvenes agricultoras", Opción 2 del PEPAC en su aplicación en Navarra.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Desarrollo Rural (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarias de las ayudas las personas físicas que se instalen mediante el correspondiente plan empresarial, como titulares o cotitulares de explotaciones agrarias viables, ubicadas en Navarra, inscritas o inscribibles en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra, que cumplan con los requisitos previos y se comprometan a mantener los compromisos que se establezcan en las presentes bases reguladoras.

Requisitos:

a) Tener como mínimo 18 años y no haber cumplido los 41.
b) No haber sido titular de una explotación agraria individual con una dimensión mayor a 0,2 UTAS, o no alcanzar esta cifra en función de su participación en una sociedad, en el caso de que perteneciera a una explotación asociativa, o en cotitularidad.
c) No haber percibido ayuda a la primera instalación.
d) Presentar un "plan empresarial" conforme a lo dispuesto en estas bases reguladoras.
e) Haber iniciado el proceso de instalación conforme a lo previsto en la base 5.
f) No concurrir ninguna circunstancia establecida en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre de Subvenciones que le impidan ser persona beneficiaria, en particular, encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.
g) Cumplir con lo establecido en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando las solicitantes sean sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Documentos asociados

Boletín: 17/02/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 34
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento