Ayuda al alquiler de vivienda en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Código de ayuda:

S54300/18

Norma:

Orden FOM/81/2018, de 22 de octubre. Resolución de 7 de noviembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de diciembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión, en régimen de concurrencia, de la ayudas al alquiler de vivienda recogidas en los Capítulos III y IX del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Categorías Subvención

  • Juventud
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Fomento y Política Territorial (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Programa de ayuda al alquiler de vivienda general:

1. Se concederá a los beneficiarios una ayuda de hasta el 40 % de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un máximo de 2.280 € anuales por vivienda. En cualquier caso, la ayuda global se concretará en cada convocatoria y la cuantía individualizada de la subvención se determinará a prorrata entre todos los beneficiarios, siendo siempre superior para los colectivos prioritarios, con el límite del 40 % anterior.

2. En el supuesto de beneficiarios que en la fecha de la solicitud de la ayuda tengan más de 65 años de edad, esta ayuda podrá ser de hasta el 50 % de la renta mensual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un máximo de 2.850 € anuales por vivienda.

Programa de ayuda al alquiler de vivienda para los jóvenes:

1. Se concederá a los beneficiarios una ayuda de hasta el 50 % de la renta mensual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente con un máximo de 2.850 € anuales por vivienda.

2. La ayuda se calculará tomando como referencia el importe del recibo del alquiler correspondiente a la última mensualidad vencida a fecha de la publicación de la convocatoria de las ayudas. En el caso del joven que desee acceder a un arrendamiento de vivienda la ayuda se calculará tomando como referencia el importe mensual del alquiler previsto en la solicitud. En ambos casos, el importe de la ayuda concedida permanecerá invariable en el periodo concedido, salvo que se produzca una disminución en el importe de la renta del alquiler por acuerdo de las partes o por cambio de domicilio.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, con carácter general, las personas físicas mayores de edad que posean la nacionalidad española y los extranjeros que tengan residencia legal en España, siempre que cumplan los requisitos previstos en cada uno de los programas de ayudas previstos en esta orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa de ayuda al alquiler de vivienda general.

Programa de ayuda al alquiler de vivienda para los jóvenes.

Documentos asociados

Boletín: 24/10/2018
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 124
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 12/11/2018
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 132
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 12/11/2018
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 132
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento