Ayuda a la producción de aceite de oliva y de aceituna de mesa para la campaña de comercialización 2003/2004.

Código de ayuda:

S16146/04

Norma:

Orden AYG/826/2004, de 26 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión de la ayuda a la producción de aceite de oliva y de la ayuda a la producción de aceituna de mesa, para la campaña de comercialización 2003/2004.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) A la producción de aceite de oliva.
Se concederá a los oleicultores en función de la cantidad de aceite de oliva efectivamente producida, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento 136/66/CEE, del Consejo, de 22 de septiembre.
El anticipo de la ayuda a la producción de aceite se obtendrá de multiplicar el importe unitario, fijado de conformidad con el apartado 1 del artículo 17 Bis del Reglamento (CEE) 2261/84, por la cantidad de aceite indicada en la solicitud de ayuda, corregida en su caso en función del resultado de los controles efectuados.

b) A la producción de aceituna de mesa.
La ayuda será igual al importe unitario fijado de conformidad con el apartado 2 del artículo 17 Bis del Reglamento (CEE) 2261/84, multiplicado por la cantidad de aceite de oliva equivalente a la cantidad de aceitunas de mesa transformadas en virtud del apartado anterior.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los productores que exploten olivos ubicados en el ámbito territorial de Castilla y León y que hayan producido aceitunas utilizadas para la producción de aceite o para la producción de aceituna de mesa, durante la campaña de comercialización 2003/2004.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La producción de aceite de oliva y la la producción de aceituna de mesa, para la campaña de comercialización 2003/2004.

Requisitos:

a) Para la ayuda a la producción de aceite:
• Haber utilizado la producción de aceitunas de su explotación para la obtención de aceite en una almazara autorizada, y
• Haber presentado la declaración de cultivo del olivar en cumplimiento de la Orden de la Consejería de Agricultura y Ganadería de 10 de marzo de 1999 («B.O.C. y L.» n.º 49, de 12 de marzo).

b) Para la ayuda a la producción de aceituna de mesa:
• Haber utilizado la producción de aceitunas de su explotación para la obtención de aceituna de mesa en una industria de transformación autorizada, y
• Haber presentado la declaración de cultivo del olivar en la que figure como destino de la producción la elaboración de aceituna de mesa, de acuerdo a la Orden de la Consejería de Agricultura y Ganadería de 10 de marzo de 1999 («B.O.C. y L.» n.º 49, de 12 de marzo).

Documentos asociados

Boletín: 08/06/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 108
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 08/06/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 108
Documento: Anexos Descargar Documento