Ayuda a inversiones en infraestructuras agrarias para el fomento de la competitividad, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid.
Código de ayuda:
S14664/26Norma:
ORDEN 3058/2025, de 23 de julio. Orden 1547/2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de junio de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 60.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas económicas destinadas a fomentar las inversiones en materia de infraestructuras agrarias de usocomún para el fomento de la competitividad, promovidas por corporaciones locales, así como aprobar la convocatoria para el año 2026 de la ayuda para inversiones en infraestructuras agrarias para el fomento de la competitividad (Intervención 6843.2).
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Comunidad de MadridConvoca:
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura, e Interior. (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. La intensidad de ayuda será del 100% de la inversión subvencionable.2. La ayuda máxima es de 60.000 euros por expediente y beneficiario.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las Corporaciones Locales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Construcción o mejora de bienes inmuebles, incluidas instalaciones. Sólo serán subvencionables la obra civil e instalaciones que se realicen por contrata.b) Compra de nueva maquinaria y equipos, en concreto:
Maquinaria autopropulsada:
— Retroexcavadora con cazo y pala cargadora: para actuaciones tales como la limpieza de las cunetas de los caminos rurales de carácter agrario, el saneado de los blandones del firme y pequeños movimientos de tierras cómo el extendido de tongadas de zahorra.
— Motoniveladora: para el nivelado del firme de los caminos rurales de carácter agrario y ejecución de las cunetas.
— Rodillo compactador: para la compactación de las tierras o zahorras en el
arreglo de los caminos rurales agrarios.
— Cuba de agua para riego: para la obtención del grado de humedad óptimo
antes del compactado de las tierras o zahorras de los caminos rurales
agrarios.
— Tractor con equipos que permitan la mejora de caminos.
— Dumper autocargable para transporte de zahorras, escombros, restos vegetales, tierras…
Equipos:
— Cuchilla niveladora
— Traílla para la recogida y desplazamientos de las tierras y gravas de acopio, recogida y rastreo.
— Rulo compactador liso o rodillo para la compactación de las tierras o zahorras en el arreglo de los caminos.
— Cuba de agua para riego: para la obtención del grado de humedad óptimo antes del compactado.
— Cuba de tratamientos fitosanitarios para el uso de herbicidas que permita el control de la vegetación en cunetas.
— Escarificador (Ripper) para disgregación del firme existente, retirada (raíces y/o piedras) o adición de materiales para el posterior tratamiento del firme.
— Desbrozadoras mecánicas de uso manual: para la poda y limpieza del ramaje y matorrales que invaden las cunetas.
— Martillo: para fractura de capas superficiales duras o para apertura de cunetas en terrenos rocosos.
c) Adquisición de programas informáticos y equipos TIC.
d) Adquisición de licencias, derechos de autor o marcas registradas.
Requisitos:
1. Cumplir con la finalidad prevista en el artículo 2 de esta Orden, para ello, deberán adecuarse a alguna de las operaciones previstas y recogidas en el artículo 9 de esta Orden.2. La inversión deberá demostrar que contribuye a mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad de las explotaciones agrícolas, a corto y largo plazo, también prestando una mayor atención a la investigación, la tecnología y la digitalización.
3. Deberán respetar la normativa urbanística vigente, aportando todas las autorizaciones, licencias o concesiones necesarias para que la obra proyectada pueda realizarse con sujeción estricta a la legalidad, respetando en todo momento la legislación medioambiental tanto comunitaria, nacional y autonómica.
4. Viabilidad técnica debidamente justificada.
5. Proyecto completo cuyo contenido cumpla los requisitos establecidos en el Anexo III de la convocatoria. Los capítulos del documento técnico: planos, memoria descriptiva y mediciones deben reflejar en su contenido la misma realidad en cuanto a mediciones, infraestructura y afecciones. La memoria descriptiva debe exponer de manera inequívoca todo el contenido de los planos y las unidades de obra reflejadas en el capítulo de “Mediciones y presupuesto”.
6. Respetar la normativa de contratación pública.
7. Garantizar, en todo caso, la moderación de costes según se establece en el artículo 13 de esta Orden.
8. No haber sido (el mismo proyecto) objeto de subvención en convocatorias anteriores.
9. Cuando la inversión pueda tener efectos negativos sobre el medio ambiente, solo será subvencionable si ha sido sometida a un proceso de evaluación ambiental con resultado favorable, de acuerdo con la legislación aplicable, que muestre que no se producirá ningún efecto medioambiental negativo como consecuencia de dicha inversión.
10. En el caso de inversiones para la generación de energías renovables se deberán de respetar los criterios de sostenibilidad de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero establecidos en la Directiva de energías renovables 2018/2021.
11. Los requisitos deberán estar acreditados a fecha de finalización de la presentación de solicitudes excepto para el caso de los permisos, licencias y autorizaciones necesarias que deberán acreditarse, como mínimo, un día antes de la reunión del Comité Técnico previsto en el artículo 22 de esta Orden; no se admitirán estos documentos si son remitidos con posterioridad, aunque estuvieran concedidos con fecha anterior.
Documentos asociados
Boletín:
26/05/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 80
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 80
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
27/05/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 80
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 80
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
11/08/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 190
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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