Apoyo a la digitalización de las salas de cine europeas.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S00946/13

Norma:

EACEA/39/12.

Plazo de Solicitud:

Se enviarán antes del 31 de enero de 2013 (la fecha de matasellos se considerara como fecha oficial de envío).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objetivo del programa de «digitalización de las salas de cine» consiste en fomentar que las salas que proyecten un porcentaje significativo de obras europeas no nacionales aprovechen las posibilidades que ofrece la distribución en formato digital.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La contribución financiera es una subvención y corresponderá a una suma a tanto alzado de un máximo de 20 000 EUR por pantalla.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los operadores cinematográficos independientes europeos cuya actividad principal sea la proyección de películas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Apoyo para costes indirectos relacionados con la adquisición de proyectores digitales conformes a las normas internacionales aplicables, que vayan a ser instalados en salas que cumplan todos los criterios de admisibilidad.

Requisitos:

— Ser cines de estreno (que programen películas europeas de estreno, dentro un plazo máximo de doce meses tras el estreno nacional).

— Estar abiertas al público por lo menos desde hace 3 años.

— Poseer un sistema de taquilla y declaración de ingresos.

— Tener al menos una pantalla y 70 butacas.

— Haber exhibido 520 proyecciones anuales en el caso de las salas permanentes (esto es, salas en funcionamiento durante un periodo mínimo de 6 meses al año), 300 proyecciones en el caso de las salas con una sola pantalla (30 proyecciones al mes) y al menos 30 proyecciones al mes en el caso de los cines de verano/salas al aire libre (salas que funcionan durante menos de 6 meses al año).

— Haber vendido al menos durante el año anterior 20 000 entradas de cine a un precio normal.

Documentos asociados

Boletín: 07/12/2012
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: Convocatoria de Propuestas. Descargar Documento