Aportaciones reintegrables a empresas y proyectos culturales en el ámbito de las artes escénicas, de las artes visuales, del mundo editorial, del multimedia, del discográfico y musical y de otros ámbitos de la vida cultural, excluido el audiovisual.
Código de ayuda:
S15482/04Norma:
Resolución CLT/1515/2004, de 14 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/10/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
a) La concesión de aportaciones reintegrables para el desarrollo de las líneas estratégicas siguientes: apertura de mercados; ampliación y/o apertura de nuevas líneas de producción; creación de públicos y/o fomento del consumo y/o fidelización de públicos; inversión en inversión y desarrollo (I+D); fomento o creación de redes de distribución.b) La concesión de aportaciones reintegrables para proyectos en los sectores culturales incluidos en esta convocatoria, que tengan una temporalidad definida, que sean económicamente identificables y diferenciables dentro de la actividad de la empresa, y dirigidos a la producción y/o distribución de bienes de consumo cultural.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Las aportaciones que el Instituto Catalán de las Industrias Culturales haga a las empresas que en virtud de esta convocatoria resulten beneficiarias de aportaciones reintegrables para el desarrollo de líneas estratégicas, tendrán un riesgo económico de pérdida limitado a un máximo del 50% del importe concedido.b) Las aportaciones que el Instituto Catalán de las Industrias Culturales haga a las empresas que en virtud de esta convocatoria resulten beneficiarias de aportaciones reintegrables para proyectos, tendrán un riesgo económico de pérdida limitado a un máximo del 70% del importe concedido.
c) En cualquiera de los dos casos el reintegro de la aportación concedida será de un máximo del 105% del importe concedido.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas que tengan como objeto social la realización de actividades de producción, distribución y/o comercialización de bienes de consumo cultural en los ámbitos descritos en esta convocatoria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las especificadas en el Objeto.- En las aportaciones reintegrables para el desarrollo de líneas estratégicas en empresas culturales, se cumplirán los siguientes requisitos:
a) Poseer un plan de empresa ajustado a las necesidades y/o posibilidades del sector cultural en que se pretende actuar, que contemple detalle de los indicadores cuantitativos que reflejen el grado de logro de los resultados a obtener.
b) Disponer de los recursos propios suficientes para garantizar la capacidad de la empresa para la ejecución de la línea estratégica, estableciéndose al efecto que sean como mínimo iguales a la aportación solicitada al Instituto Catalán de las Industrias Culturales.
c) Establecer con claridad y precisión el momento de puesta en marcha de la línea estratégica y de que manera se acreditará éste, considerando que el plazo máximo de puesta en marcha sea el 30 de diciembre de 2004.
d) Contemplar el reintegro máximo de la aportación establecido en la base general 1.4, adecuado a alguno de los modelos de retorno provistos por el Instituto Catalán de las Industrias Culturales, en un máximo de dos años desde la firma del convenio entre el Instituto y la empresa beneficiaria.
En las aportaciones reintegrables a proyectos de empresas, se cumplirán los siguientes requisitos:
a) Producir, distribuir o difundir bienes de consumo cultural.
b) Disponer de recursos propios suficientes para garantizar la capacidad de la empresa para la ejecución de la propuesta, estableciéndose al efecto que sean como mínimo iguales a la aportación solicitada al Instituto Catalán de las Industrias Culturales.
c) Establecer con claridad y precisión el momento de puesta en marcha de la línea estratégica y de qué manera se acreditará este, considerando que el plazo máximo de puesta en marcha sea el 30 de diciembre de 2004.
d) Contemplar el reintegro máximo que establece la base general 1.4, adecuado a alguno de los modelos de retorno provistos por el Instituto Catalán de las Industrias Culturales en un máximo de dos años, desde la firma del convenio entre el Instituto Catalán de las Industrias Culturales y la empresa beneficiaria.
e) Poseer un plan de empresa ajustado a las necesidades y/o posibilidades del sector cultural en que se pretende actuar, que contemple indicadores cuantitativos que reflejen la expectativa de los resultados a obtener.
f) No haberse iniciado el proyecto, entendiéndose como su inicio la fecha en que el bien de consumo cultural esté a disposición del público, antes de la presentación de la solicitud.
Requisitos:
a) Tener el domicilio social o una sede permanente en Cataluña.b) Poseer solvencia económica y técnica contrastada.
c) Tener una antigüedad mínima en su actividad de 2 años.
d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración de la Generalidad.
Los certificados correspondientes serán tramitados de oficio por el Instituto Catalán de las Industrias Culturales.
e) Estar al corriente de las obligaciones de naturaleza tributaria con la Administración del Estado y de la Seguridad Social.
f) Estar al corriente del impuesto de actividades económicas, para aquellas empresas que estén sujetas al mismo.
g) No figurar como deudora del Instituto Catalán de las Industrias Culturales para el devengo de cantidades en virtud de aportaciones reintegrables vigentes.
Documentos asociados
Boletín:
02/06/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4145
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4145
Documento: Convocatoria Descargar Documento