Ampliación crédito de las Subvenciones para la participación en proyectos de integración social del sistema público de servicios sociales.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S35555/14

Norma:

Orden de 09/07/2014. Orden de 17/12/2014. Resolución de 22/12/2014. Resolución de 14/04/2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/01/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2015 las subvenciones para la participación en proyectos de integración social del sistema público de servicios sociales cuyas bases reguladoras se hallan establecidas
en la Orden de 9 de julio de 2014, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la participación en proyectos de integración social del sistema público de servicios sociales y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2014 (DOCM nº 133, de 14 de julio de 2014), modificada por la Orden de 17 de diciembre de 2014, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (DOCM nº 250 de 29 de diciembre de 2014).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención máxima a conceder por solicitud para cada ejercicio, tendrá un límite máximo de 500.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Municipios.

b) Mancomunidades de municipios.

c) Agrupaciones de Municipios.

d) Entidades no Lucrativas y agrupaciones de éstas.

e) Organizaciones Privadas de Iniciativa Social.

f) Asociaciones Promotoras de Empresas de Inserción.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos de integración social dirigidos a población en situación de vulnerabilidad o exclusión social cuyos objetivos sean facilitar los procesos de integración social de estas personas y sus familias:

1º. Actuaciones que posibiliten el acceso a los sistemas de empleo, educación, vivienda así como la capacitación personal y social y acompañamiento e intermediación laboral de personas en itinerario de inclusión.

2º. Acciones que promuevan planes locales de inclusión en el ámbito local y/o supramunicipal como instrumentos que permitan la sinergia de las acciones que dirigidas a las personas en situación de vulnerabilidad se lleven a cabo por los Servicios Sociales de Atención Primaria, por otros departamentos de la Administración autonómica, entidades de iniciativa privada y el propio Ayuntamiento, para dar respuesta a la situación de necesidad que presentan.

3º. Acciones que reduzcan factores de riesgo asociados a procesos individuales y/o grupales de personas en dificultad social o en situación de exclusión residencial, educativa o laboral, a través de actuaciones socioeducativas de calle.

4º. Promoción de empresas de inserción cuyo objeto sea la inserción sociolaboral, facilitando apoyos personales en espacios individuales y/o grupales para mejora de competencias básicas; apoyo psicológico, jurídico, residencial, asesoramiento social y el seguimiento una vez conseguida la inserción laboral con carácter estable hasta la retirada total de apoyos.

5º. Acciones de lucha contra la pobreza infantil y familiar.

b) Proyectos que faciliten el acceso y/o la permanencia en una vivienda a las personas en situación de vulnerabilidad que carezcan de ella o presenten riesgo de perderla, que se concretará en actuaciones de información, asesoramiento, mediación e intermediación.

c) Dispositivos de Alojamiento para personas que presentan una situación de vulnerabilidad y/o exclusión residencial:

1º. Alojamiento de Urgencia que posibilite la atención temporal a personas que, ante la ausencia de alojamiento o la imposibilidad de permanecer en su domicilio, por diversos motivos ya sean económicos, sanitarios o derivados de la ausencia de familiares u otras redes de apoyo requiera el acceso a otras formas alternativas de convivencia, tales como proporcionar los medios necesarios para que una persona, familia o unidad de convivencia pueda acceder a un alojamiento temporal, así como a un centro de alojamiento de urgencia que incluyan tanto alojamiento nocturno, como estancias diurnas.

2º. Centros de Atención Residencial que tengan por objeto prestar alojamiento a: personas sin techo que vivan en espacios públicos o se encuentren en un dispositivo de urgencia, así como jóvenes que hayan estado o estén bajo alguna medida administrativa o judicial de protección, debido a su situación de riesgo, desamparo o conflicto social.

Desde estos centros se cubrirán necesidades personales básicas, y se facilitará el desarrollo de procesos de inclusión social que favorezcan la adquisición y promoción de habilidades personales y sociales que contribuyan a una mayor autonomía e integración en el entorno comunitario.

Requisitos:

1. Las entidades no lucrativas y las organizaciones privadas de iniciativa social que concurran a la presente convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos, en la fecha de presentación de su solicitud sin perjuicio de las excepciones que, en su caso, se deriven de la propia naturaleza de la entidad solicitante:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 53/1999, de 11 de mayo, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 3/1994, de 3 de noviembre, de Protección de los Usuarios de Entidades, Centros y Servicios Sociales.

b) Carecer de fin de lucro.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

d) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y no haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley General de Subvenciones.

e) Tener el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

No obstante la Consejería podrá exceptuar este requisito de forma motivada y previo informe justificativo de la Dirección General competente en materia de integración social, en el caso de entidades que llevan a cabo proyectos que permitan responder a las necesidades específicas de personas en las que confluyen situaciones de pobreza, marginación y dificultad social para el acceso a determinados bienes y servicios. En razón al interés por razón del objeto y finalidad de la subvención, o de la actividad o el servicio subvencionado.

f) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

g) No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley General de Subvenciones.

h) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

2. Las entidades públicas que concurran a la presente convocatoria deberán cumplir los requisitos previstos en los apartados c), d) y g) del apartado anterior.

3. Las asociaciones promotoras de empresas de inserción deberán estar inscritas en el registro administrativo para la calificación de Empresas de Inserción de Castilla-La Mancha y deberán cumplir los requisitos previstos en los párrafos b) a h) del apartado 1.

Documentos asociados

Boletín: 14/07/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 133
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 29/12/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 250
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 31/12/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 252
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 17/04/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 74
Documento: Ampliación Crédito. Descargar Documento