Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Comercio Interior de 11 de marzo de 2014, por la que se efectua la convocatoria para 2014 y se establece el procedimiento para la concesion de prestamos con cargo al Fondo Financiero del Estado para la Modernizacion del Comercio Interior.

Código de ayuda:

S19700/14

Norma:

Resolución de 28 de abril de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/07/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria, para el año 2014, de la línea de financiación con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior, cuya dotación, asciende a 28.922.499,40 euros.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Cooperación empresarial
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio De Economía Y Competitividad ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La financiación convocada consiste en préstamos sobre un máximo del 80 por ciento del valor del proyecto con una cuantía máxima de 640.000 euros por proyecto. El proyecto para el que se solicite financiación deberá tener un valor mínimo de 30.000 euros.

Las condiciones de financiación son las siguientes:

a) Los plazos de amortización serán de cinco y siete años, con posibilidad de un año de carencia de principal y de diez años con posibilidad de dos años de carencia de principal.

b) Tipo de interés para el cliente:

– Préstamos a cinco años sin carencia, fijo, al 2.425 %, más hasta un 4,30 %.

– Préstamos a cinco años con un año de carencia, fijo, al 2,449 %, más hasta un 4,30 %.

– Préstamos a siete años sin carencia, fijo, al 2,854 %, más hasta un 4,30 %.

– Préstamos a siete años con un año de carencia, fijo, al 2,854 %, más hasta un 4,30 %.

– Préstamos a diez años sin carencia, fijo, al 3,845 %, más hasta un 4,30 %.

– Préstamos a diez años con dos años de carencia, fijo, al 3,845 %, más hasta un 4,30 %.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades locales, las entidades de derecho público y/o empresas públicas dependientes de aquellas.

b) Las asociaciones de pequeñas y medianas empresas comerciales.

c) Las cámaras oficiales de comercio.

d) Las pequeñas y medianas empresas (según se definen en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado, Reglamento General de Exención por Categorías) pertenecientes al sector comercio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La línea de financiación con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior tiene por finalidad apoyar financieramente las actuaciones orientadas a la modernización y mejora de la eficacia y eficiencia del comercio interior minorista y, en particular, de las pequeñas y medianas empresas del sector.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 116
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento