Accion III.6 "Ayuda al consumo de productos lacteos elaborados con leche de cabra y oveja de origen local", Subaccion III.6.1 "Ayuda a la industria lactea y queserias artesanales" y Subaccion III.6.2 "Ayuda al productor de leche de caprino y ovino", del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S14137/13

Norma:

Resolución de 18 de abril de 2013.

Plazo de Solicitud:

Elaboración entre 1 de enero y 30 de junio:Del 1 al 31/12/2013;Elaboración entre 1 julio y 31 de diciembre:Del 1 al 31/01/2014.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para la campaña 2013, la Acción III.6 “Ayuda al consumo de productos lácteos elaborados con leche de cabra y oveja de origen local”, Subacción III.6.1 “Ayuda a la industria láctea y queserías artesanales”, y Subacción III.6.2: “Ayuda al productor de leche de caprino-ovino”, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, aprobado por Decisión de la Comisión Europea de 22 de enero de 2013 [C (2013) 114 final].

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe de la ayuda a la industria láctea o quesería artesanal será de 46 euros por tonelada de leche entera.

2. El importe de la ayuda al productor de caprino-ovino será de 144 euros por tonelada de leche entera.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Subacción III.6.1. Las industrias lácteas o queserías artesanales que cumplan los requisitos establecidos.

Subacción III.6.2. Las personas físicas o jurídicas productores de leche de caprino y/u ovino que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La Acción III.6 establece ayudas al consumo de productos de leche de cabra y oveja de origen local destinados a la elaboración de:

• Leche.

• Yogur.

• Queso.

• Otros productos lácteos, excepto la leche en polvo.

Subacción III.6.1. Ayuda a la industria láctea y queserías artesanales.

Subacción III.6.2. Ayuda al productor de leche de caprino-ovino.

Requisitos:

Subacción III.6.1.

a) Que se encuentren establecidas en las Islas Canarias.

b) Que elaboren los productos referidos en la base segunda con leche de cabra y oveja producida en el Archipiélago.

c) Que hayan sido previamente autorizadas por el Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias.

d) Que dispongan del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos y del Registro de Industrias Agrarias.

Subacción III.6.2.

a) Que se encuentren establecidos en las Islas Canarias.

b) Que su explotación se encuentre inscrita en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas
de Canarias (REGA).

c) Que entreguen su producción a la industria transformadora para la elaboración de los
productos descritos en la base segunda.

d) Que lleven un registro en el que figure la cantidad de leche obtenida diariamente en su
explotación y destinada a la industria láctea o quesería artesanal, que contenga al menos la información indicada en el modelo recogido en anexo II.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 86
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento