Acción I.2 “Ayuda para la comercialización fuera de Canarias de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, flores y plantas vivas”, Subacción I.2.1 “Frutas, hortalizas (excepto tomate), plantas medicinales, flores y plantas vivas”; Subacción I.2.2 “Tomate”, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S50891/15

Norma:

Resolución de 1 de diciembre de 2015.

Plazo de Solicitud:

Del 1 al 31 de julio de 2016 o del 1 al 31 de enero de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas que han de regir con carácter general la Acción I.2 “Ayuda para la comercialización fuera de Canarias de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, flores y plantas vivas” del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los operadores, personas físicas o jurídicas, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener su domicilio social y fiscal en el territorio de la Unión Europea, pero fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias, y desarrollar en donde se encuentren ubicados una actividad económica permanente.

b) Suscribir contratos de campaña con productores y/o entidades comercializadoras de las Islas Canarias.

Además, en el caso de la Subacción I.2.1, los productores y/o entidades comercializadoras de las Islas Canarias con los que los operadores suscriban contratos de campaña, tendrán la obligación de disponer de la siguiente documentación:

Estadísticas de compras y de ventas detalladas por cliente, factura, fecha, producto, código de producto, cantidades e importes. En dichas estadísticas tendrán que diferenciar, con códigos de facturación distintos, las compras a proveedores terceros y trasladar dicha codificación a las ventas para poder realizar la trazabilidad de los productos.

Documentos asociados

Boletín: 21/12/2015
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 246
Documento: Bases Reguladoras, Convocatorias y Anexos Descargar Documento