Ayudas a proyectos de excelencia deportiva en el medio natural - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S30800/10Norma:
ANUNCIOPlazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/06/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas para proyectos de excelencia deportiva en el medio natural.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Fundación Euskadi Kirola Fundazioa (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La determinación de la cuantía de las ayudas y premios se efectuará según la prelación de méritos citada y la disponibilidad financiera de la fundación.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los y las deportistas que presenten un proyecto de excelencia deportiva.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.– La concesión de ayudas económicas otorgadas por la Fundación Euskadi Kirola, consistentes en:a) Ayuda básica: ayuda económica para la financiación del Presupuesto correspondiente al Proyecto de excelencia deportiva propuesto. Se incluirán en este apartado los gastos relativos a los costes de la actividad, del material empleado, viajes y desplazamientos, así como gastos de manutención y salarios de los deportistas durante la realización de la actividad propuesta.
b) Premios por objetivos: premios en función del cumplimiento de los objetivos deportivos acordados.
2.– La prestación de determinados servicios complementarios, por parte de la Fundación Euskadi Kirola
a los beneficiarios, para optimizar su preparación deportiva, como son:
a) El apoyo técnico especializado.
b) El apoyo biomédico especializado en rendimiento deportivo.
Requisitos:
a) Ser mayor de edad.b) Tener la condición administrativa de vasco o vasca, según lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía.
c) Competir con licencia deportiva expedida por una Federación Deportiva Vasca.
d) Superar la auditoria deportiva, que proponga la Fundación Euskadi Kirola Fundazioa.
e) Superar la valoración médica previa que realicen los servicios médicos propuestos por la fundación.
f ) No estar sancionado, con carácter firme en vía disciplinaria o administrativa, por infracción en materia
de dopaje.
g) No estar sancionado, con carácter firme en vía disciplinaria o administrativa, por infracción en materia
de disciplina deportiva.
Documentos asociados
Boletín:
07/05/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento