"Ayuda al consumo humano de productos de leche de vaca de origen local", Subaccion III.4.1 "Ayuda a la industria lactea" y Subaccion III.4.2 "Ayuda al productor de leche de vaca", del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, publicado mediante Orden de 9 de junio de 2009.

Código de ayuda:

S61937/09

Norma:

Resolucion de 3 de septiembre de 2009. Orden de 9 de junio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Los productos de leche de vaca obtenidos localmente en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias destinados al consumo humano.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Subacción III.4.1: Ayuda a la industria láctea transformadora.

El importe de la ayuda será de 108 euros por tonelada de leche entera, con un límite de 35.000 toneladas por año natural (en caso de superarse este límite se aplicará el coeficiente de reducción que proceda). Para el caso de que las cantidades de productos elaborados se expresen en litros, la conversión
de litros en kilogramos se efectuará mediante la aplicación del coeficiente 1,030.

Subacción III.4.2: Ayuda al productor de leche de vaca.

El importe de la ayuda será de 82 euros por tonelada de leche entera con un límite de 35.000 toneladas
por año natural (en caso de superarse este límite se aplicará el coeficiente de reducción que proceda). Para el caso de que las cantidades de productos elaborados se expresen en litros, la conversión de litros en kilogramos se efectuará mediante la aplicación del coeficiente 1,030.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Subacción III.4.1: Ayuda a la industria láctea.

Serán beneficiarios de la ayuda las industrias lácteas establecidas en las Islas Canarias que elaboren los productos referidos en la base segunda con leche de vaca producida en el Archipiélago y que hayan sido previamente autorizadas por el Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias.

Subacción III.4.2: Ayuda al productor de leche de vaca.

Serán beneficiarios de la ayuda los productores de leche de vaca que entreguen su producción a la
industria láctea o quesería artesanal para la elaboración de los productos descritos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A los efectos de la presente convocatoria serán susceptibles de obtener ayuda los siguientes productos
frescos obtenidos de leche de vaca producida en las Islas Canarias:

- Leche de consumo.

- Nata.

- Yogur y otros productos lácteos.

- Queso.

Documentos asociados

Boletín: 15/06/2009
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 113
Documento: Orden de 9 de junio de 2009 Descargar Documento
Boletín: 17/09/2009
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 183
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento